En Perú, existen dos principales sistemas de jubilación que permiten a los trabajadores acceder a una pensión al llegar a la edad de retiro o por invalidez: el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Ambos sistemas operan de manera independiente, y los trabajadores deben elegir a cuál desean afiliarse. A continuación, se detallan las características de cada uno:
1. Sistema Nacional de Pensiones (SNP)
El Sistema Nacional de Pensiones (SNP) es administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), que es un organismo público. Funciona bajo un esquema de reparto, donde las contribuciones de los trabajadores activos financian las pensiones de los jubilados actuales.
Características del SNP:
- Contribuciones: Los trabajadores afiliados al SNP aportan el 13% de su salario mensual a la ONP.
- Edad de jubilación:
- 65 años tanto para hombres como para mujeres.
- Requisitos: Para acceder a una pensión de jubilación, el trabajador debe haber aportado al menos 20 años (240 meses).
- Monto de la pensión: La pensión mensual es fija y se calcula en función de los aportes realizados, con un límite mínimo y máximo. El monto mínimo de la pensión es S/ 500, y el máximo es S/ 893. Asimismo, si el trabajador no alcanza los 20 años de aportes, no tiene derecho a una pensión, pero puede solicitar la devolución de sus aportes.
- Modalidades de pensión: Existen pensiones por jubilación, invalidez y pensiones para sobrevivientes (beneficiarios de un trabajador fallecido).
- Financiamiento solidario: El sistema de reparto implica que las cotizaciones de los trabajadores activos financian las pensiones de los jubilados actuales.
2. Sistema Privado de Pensiones (SPP)
El Sistema Privado de Pensiones (SPP) es administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), empresas privadas que gestionan los ahorros previsionales de los afiliados bajo un esquema de capitalización individual.
Características del SPP:
- Contribuciones: Los trabajadores afiliados al SPP aportan aproximadamente el 10% de su salario a su fondo de pensiones personal. Además, existen comisiones por administración y seguro de invalidez, lo que eleva el porcentaje total a cerca del 12-13%.
- Edad de jubilación:
- 65 años tanto para hombres como para mujeres.
- Monto de la pensión: La pensión que recibirá el trabajador dependerá del monto acumulado en su cuenta individual y de la rentabilidad generada por la AFP a lo largo de los años. Cuanto más aporte el afiliado, mayor será su pensión futura.
- Modalidades de pensión:
- Retiro programado: El trabajador mantiene el fondo en la AFP y recibe una pensión mensual, que puede variar en función de los rendimientos del fondo.
- Renta vitalicia: El trabajador transfiere su fondo a una compañía de seguros que garantiza una pensión fija mensual por el resto de su vida.
- Retiro total o parcial: Desde 2016, los afiliados pueden retirar hasta el 95.5% del fondo acumulado al cumplir los 65 años, en lugar de optar por una pensión mensual.
- Flexibilidad: El SPP permite a los afiliados tener control sobre sus aportes, pudiendo elegir entre diferentes tipos de fondos de inversión, que varían en nivel de riesgo y rentabilidad (Fondo 0, Fondo 1, Fondo 2, Fondo 3).
- Devolución por enfermedad terminal o invalidez: Los afiliados con enfermedades terminales o casos de invalidez pueden solicitar la devolución anticipada del 100% de su fondo.
Diferencias Principales entre SNP y SPP
| Característica | Sistema Nacional de Pensiones (SNP) | Sistema Privado de Pensiones (SPP) |
|---|---|---|
| Administrador | ONP (público) | AFP (privado) |
| Tipo de sistema | Reparto (solidario) | Capitalización individual |
| Tasa de aporte | 13% del salario | 10% del salario (+ comisiones y seguros) |
| Edad de jubilación | 65 años | 65 años |
| Requisitos para pensión | Mínimo 20 años de aportes | No hay requisito de años mínimos (depende del fondo acumulado) |
| Monto de pensión | Fijo, con tope máximo (S/ 893) | Variable, según el fondo acumulado |
| Devolución de aportes | No hay devolución si no se cumplen 20 años de aportes (excepto en casos de invalidez) | Posible retiro total o parcial del fondo a los 65 años |
| Opciones de pensión | Pensión fija | Pensión variable, retiro programado o renta vitalicia |
Jubilación Anticipada
Tanto el SNP como el SPP permiten acceder a una jubilación anticipada bajo ciertas condiciones, como en casos de jubilación anticipada por desempleo en el SPP o por régimen especial en el SNP.
- Jubilación anticipada por desempleo (SPP): Se puede solicitar a partir de los 50 años en mujeres y 55 años en hombres, siempre que el afiliado haya estado desempleado durante 12 meses consecutivos.
- Jubilación anticipada por régimen especial (SNP): En algunos casos, trabajadores de sectores específicos como mineros o pescadores pueden jubilarse antes de los 65 años.
Beneficios Adicionales
- Pensiones de invalidez y sobrevivencia: Ambos sistemas contemplan pensiones para personas que sufren invalidez o para los beneficiarios en caso de fallecimiento del titular.
- Bonos de Reconocimiento (SPP): Los trabajadores que se afiliaron al SPP y anteriormente habían aportado al SNP pueden recibir un bono de reconocimiento, que es una compensación por los aportes realizados al sistema público.
En Perú, los trabajadores pueden optar por afiliarse al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), de carácter público y basado en el esquema de reparto, o al Sistema Privado de Pensiones (SPP), basado en la capitalización individual. Cada sistema tiene ventajas y desventajas en términos de flexibilidad, requisitos y montos de pensión, por lo que es importante que los trabajadores evalúen cuidadosamente cuál se adapta mejor a sus expectativas y necesidades de jubilación.
![]()